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Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Hemos compilado algunas de las preguntas más frecuentes dando su respectiva respuesta, de esta manera usted también podrá conocer más acerca de nuestro servicio.

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Directora Jurídica

Grupo Ofra

Ofrecemos las herramientas legales necesarias para el buen desarrollo y funcionamiento de su negocio que permiten empoderar los diferentes departamentos de su empresa así como también permiten a las personas naturales obtener los mejores resultados en asesoría legal requerida.

Cuánto cuesta una asesoría?

En cuanto a los precios realmente eso varia dependiendo del caso, pero puede acceder a nuestra consulta presencial a domicilio donde analizamos el caso y así poder darle su respectivo costo o cotización.

Cuanto cuesta la elaboración de un contrato?

El costo de un contrato varía dependiendo del tipo de contrato y su complejidad. Por eso le invitamos a que realice una cita con nuestros expertos.

Ustedes hacen revisión de contratos?

Si, contamos con expertos en elaboración, revisión y análisis de contratos.

Tienen Planes de acompañamiento empresarial

Si, Asesoría Legal integral empresarial mensual, semestral o anual, también se realiza acompañamiento y asesorías puntuales y esporádicas.

¿Soy residente en el exterior, puedo divorciarme en Colombia?

Si, mediante un poder debidamente otorgado y apostillado lo podemos representar en Colombia y realizar su respectivo divorcio.

Mi empleado me dice que si cambio su horario de trabajo me va a demandar o a interponer una queja ante el ministerio de trabajo, ¿esto es cierto?

El trabajador puede interponer una queja ante el ministerio de trabajo, sin embargo gracias el principio del Ius Variandi el empleador tiene la facultad de cambiar los horarios de los trabajadores siempre y cuando no empeore sus condiciones laborales.

Tengo algunas dificultades con uno de mis trabajadores, ¿puedo finalizar su contrato de trabajo?

Si. Sin embargo la finalización del contrato de trabajo tienes dos variables una Despido sin justa causa:
1. cuando el empleador despide sin que medie una justa causa, debe indemnizar conforme a los establecido en el Código Sustantivo de Trabajo, además de cancelar en la oportunidad debida la liquidación de acreencias laborales.
2. cuando se puede comprobar que ha incurrido en alguna de las faltas estipuladas ya sea en el contrato de trabajo, reglamento interno de trabajo o Código Sustantivo de trabajo, caso en el cual el despido es por justa causa el cual no requiere indemnización.

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