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Asesoría en pensión por vejez en Colombia

En Grupo Ofra Abogados contamos con abogados expertos en temas pensionales. Realizamos un estudio de viabilidad para entender y clasificar a qué tipo de pensión puede acceder. En general, existen dos tipos de pensiones: la pensión por vejez y la pensión por invalidez. En este caso trataremos la pensión por vejez.

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Asesoría legal en Pensiones de Colombia

Para obtener la pensión por vejez, verificamos si cumple con las semanas y edad requeridas para acceder a este tipo de pensión. Por otro lado, si se trata de una pensión por invalidez, verificamos específicamente las condiciones de su historial clínico y laboral. Para esto, es necesario revisar las semanas cotizadas en el fondo de pensiones.

Además, le ayudamos a identificar cuál es el mejor cambio y si le conviene o no acceder a un cambio entre el fondo privado y el fondo estatal. En Grupo Ofra Abogados estamos comprometidos a brindarle el mejor servicio en temas pensionales y garantizar que acceda a los beneficios que le corresponden.


Requisitos para pensionarse por vejez

  1. Edad: La edad mínima para pensionarse por vejez es de 62 años para los hombres y de 57 años para las mujeres.
  2. Semanas cotizadas: Se requiere haber cotizado un mínimo de 1.300 semanas (equivalentes a 25 años aproximadamente) en el sistema de seguridad social en pensiones.
  3. Aportes: Es necesario estar al día en los pagos de aportes a seguridad social.
  4. Solicitud: El solicitante debe presentar una solicitud de pensión ante la AFP (Administradora de Fondos de Pensiones) correspondiente, adjuntando la documentación requerida.
  5. Examen médico: El solicitante debe someterse a un examen médico para determinar si cumple con los requisitos de salud establecidos por la ley.

Es importante tener en cuenta que estos requisitos pueden variar dependiendo del tipo de régimen de pensión al que se encuentre afiliado el trabajador. Por ejemplo, para los trabajadores del sector público existen requisitos adicionales y diferentes a los del régimen general.

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Pensión para la mujer en Colombia

En Colombia, las mujeres pueden acceder a su pensión a partir de los 57 años. La ley establece que deben tener un número específico de semanas cotizadas para poder acceder a la pensión a los 57 años. Sin embargo, es importante tener en cuenta que este requisito de edad y semanas cotizadas se aplica únicamente al régimen de prestación definida, que es el de prima media.

Cuando una mujer pertenece a otro tipo de fondo, como el fondo privado o el fondo de ahorro individual, simplemente basta con que tenga el capital suficiente para acceder a su pensión. Es decir, no es necesario cumplir con el requisito de las semanas cotizadas y la edad establecidos por el régimen de prima media.


Pensión para el hombre

En Colombia, un hombre puede pensionarse a partir de los 62 años, siempre y cuando cumpla con los requisitos de semanas previstos en la ley. Específicamente, estamos hablando del fondo Colpensiones, que es el fondo del Estado, mientras que el fondo privado se conoce como ahorro individual. En este caso, lo único que se debe verificar es que el capital sea suficiente para cubrir el resto de su vida.

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