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Capitulaciones Bogotá

Las capitulaciones matrimoniales son un acuerdo anticipado, regulado por el articulo 1771 del código civil que se realiza antes de contraer matrimonio o declarar una unión marital de hecho. Siempre se recomienda el apoyo de abogados de familia para la elaboración de sus capitulaciones matrimoniales con el fin de mantener claridad y confianza sobre los bienes de cada una de las partes que compartirán y construirán dentro del matrimonio.



Capitulaciones en Colombia

En Colombia, el tema de las capitulaciones matrimoniales y maritales sigue generando controversia, puesto que a algunas personas consideran que proponer la firma de un documento público en que se pacten las condiciones del manejo de los bienes con antelación a formalizar una unión marital o matrimonio es empezar de una manera negativa la relación, porque, supuestamente, se parte de la desconfianza. Este concepto es equivocado, ya que es mejor tener claridad desde un inicio, teniendo en cuenta que la gran mayoría de los conflictos maritales se originan en temas de carácter netamente patrimonial.
De igual manera , es común pensar que las capitulaciones solo deben ser firmadas por las personas que tienen un patrimonio significativo, lo cual lleva a dos errores de percepción: por un lado, que si el patrimonio de la pareja al momento de formalizar su unión es bajo, no es necesario prever el manejo de bienes a futuro; por el otro, que las capitulaciones son una forma de demostrar que el matrimonio o la unión marital se realizan por amor y no por interés.


Las capitulaciones matrimoniales se otorgan por medio de una escritura pública en una notaría, las cuales no deben contener estipulaciones contrarias a la ley, este documento es irrevocable e irreversible, es decir que una vez firmado no pueden hacerse cambios y se mantendrá vigente mientras dure la union marital. Asimismo, cualquiera de los cónyuges siempre que sea capaz, podrá renunciar a los gananciales que resulten a la disolución de la sociedad conyugal, sin perjuicio de terceros.
Es importante aclarar que la capitulación matrimonial sólo tendrá efecto desde el primer día después de haber sido declarada. De no declarar la unión, aunque la capitulación matrimonial se haya notariado bajo escritura pública, no tendrá efecto. Por ello, recomendamos contar con el apoyo de un abogado de familia



¿Para la separación de cuerpos es indispensable el divorcio?

No necesariamente, se puede realizar la separación de bienes sin necesidad de divorciarse, dicha separación no constituye el fin del vínculo matrimonial .



Abogados expertos en Bogotá

Separación de bienes antes de matrimonio



¿Qué es un acuerdo prenupcial?

Un acuerdo prenupcial (también conocido como contrato prenupcial o acuerdo prematrimonial), es un documento notarial creado por dos individuos que planean casarse. En este acuerdo se hará una lista de todas las propiedades poseídas individualmente, tales como casas y negocios, activos familiares, acciones y bonos, cuentas de ahorros así como deudas, y especifica cuál propiedad permanecerá individualmente y cuál no después de la legalización del matrimonio. Los acuerdos prenupciales también especifican si la manutención del cónyuge será pagado en caso de divorcio así como las intenciones acerca de la distribución de la propiedad poseída individualmente después de la muerte de uno de los esposos.

Acuerdo Prenupcial

● Un acuerdo prenupcial puede proteger los derechos de herencia de los hijos y nietos de un matrimonio anterior.
● Si usted tiene su propio negocio o ejerce una práctica profesional, un acuerdo prenupcial puede proteger sus intereses de manera que su negocio o su práctica no queden sujetos al control de su excónyuge en caso de divorcio.
● Si un cónyuge está mucho más endeudado que el otro, un acuerdo prenupcial puede proteger al otro cónyuge de asumir las obligaciones del cónyuge endeudado.
● Si planea dejar una carrera lucrativa después de casarse, un acuerdo prenupcial puede garantizar que sea compensado por dicho sacrificio si el matrimonio se termina.
● Un acuerdo prenupcial puede contemplar mucho más que los aspectos financieros del matrimonio, y puede especificar cualquier detalle sobre la toma de decisiones y las responsabilidades compartidas que las partes convengan por adelantado.
● Un acuerdo prenupcial puede limitar la cantidad de manutención conyugal que uno de los cónyuges pagará al otro si se divorcian.
● Un acuerdo prenupcial puede proteger los intereses económicos de las personas mayores, de las personas que vuelven a casarse y de las personas con fortunas importantes.

Capitulaciones Matrimoniales

Todo contrato debe estar precedido de la evaluación de los riesgos y beneficios que traerá para los contratantes. Los ejemplos más cercanos a nuestro diario vivir son la compraventa de un carro, de una vivienda y de un celular. Antes de cerrar el negocio, se visitan varias opciones, se pregunta por la calidad de los objetos, se evalúan la valorización o el servicio que prestarán el carro, la vivienda y el celular y se decide la forma de financiación, entre otras varias cuestiones. ¿Y por qué no hacer algo semejante cuando se va a celebrar el contrato de matrimonio, bien sea consensual o solemne, si el matrimonio es tal vez el contrato o decisión contractual más importante de la vida de las personas?

Una vez se ha llegado a la edad adulta, se cuenta con lo mínimo necesario para asumir las responsabilidades del nuevo hogar, es aconsejable y hasta necesario firmar un contrato prenupcial o prematrimonial, que nuestra legislación contempla de manera incompleta como capitulaciones matrimoniales para el caso del matrimonio ceremonia y capitulaciones maritales para el caso del matrimonio consensual.

Este contrato debe firmarse antes de celebrar el matrimonio, reitero bien consensual, bien ceremonia, y debe constar en escritura pública.

Por medio del acuerdo prematrimonial se regulan la forma como se cumplirán las obligaciones personales y filiales, el régimen económico y las consecuencias ante un eventual divorcio o terminación de la vida en común, no solo para el inocente del rompimiento sino para el sostenimiento integral de los hijos.

El contrato prenupcial no es un acuerdo egoísta, puesto que en una o varias de sus cláusulas debe pactarse que cada cónyuge o compañero debe tener el apoyo íntegro del otro para ejercer una profesión, tener su industria, formar un patrimonio y aportar para tener una pensión oficial y una auto pensión que está formada por las rentas de capital que reciba la persona. En todo caso, así no se acuerde en la prenupcia, hoy por hoy tanto el hombre como la mujer deben capitalizar y aportar para ser económicamente autosuficientes. Que sobre esto no quede duda.

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